Guías
El camino de una ley
De la idea al BOE: quién la presenta, quién la vota y qué pasa entre el Congreso y el Senado.
- Iniciativa: Gobierno, grupos, Senado, CCAA, ILP
- Toma en consideración: Solo las proposiciones de ley
- Enmiendas: Al articulado o a la totalidad
- Ponencia y comisión: Informe y dictamen
- Pleno del Congreso: Orgánicas: 176 votos al final
- Senado: 2 meses (20 días si es urgente)
- Aprueba: Sin cambios
- Enmiendas: Congreso: mayoría simple
- Veto: Congreso: absoluta
- Sanción y promulgación: El Rey, en 15 días
- BOE: Publicación y entrada en vigor
Quién puede proponer una ley
Puede proponerla el Gobierno (proyecto de ley), un grupo parlamentario o quince diputados, el Senado, un parlamento autonómico o la ciudadanía con 500.000 firmas (art. 87 de la Constitución). Las proposiciones del Senado se envían al Congreso para su tramitación (art. 89.2).
Congreso: presentación, enmiendas y comisión
La Mesa del Congreso admite el texto y lo publica. Las proposiciones de ley deben ser tomadas en consideración por el Pleno antes de seguir adelante (art. 126 del Reglamento del Congreso).
Los grupos presentan enmiendas: al articulado, o a la totalidad si quieren devolver el texto al Gobierno o sustituirlo por otro. Una ponencia (un grupo reducido de diputados) estudia las enmiendas y la comisión aprueba un dictamen.
Algunas leyes se tramitan por urgencia (los plazos se reducen a la mitad, art. 93 del Reglamento), en lectura única (art. 150) o con competencia legislativa plena de una comisión, sin votación en el Pleno (art. 75.2 de la Constitución).
Pleno del Congreso
El Pleno debate y vota el dictamen. En una ley orgánica hace falta además una votación final sobre el conjunto del proyecto con mayoría absoluta, 176 votos (art. 81.2 de la Constitución).
Senado: dos meses o veinte días
El Congreso envía el texto al Senado, que dispone de dos meses para aprobarlo, enmendarlo o vetarlo mediante un mensaje motivado; si el Gobierno o el Congreso lo declaran urgente, el plazo es de veinte días naturales (art. 90.2 y 90.3). El veto requiere mayoría absoluta del Senado.
De vuelta al Congreso
Si hay veto, el texto no puede ir al Rey hasta que el Congreso lo ratifique por mayoría absoluta o, pasados dos meses desde el veto, por mayoría simple. Si hay enmiendas, el Congreso decide por mayoría simple si las acepta (art. 90.2).
Sanción, promulgación y BOE
El Rey sanciona la ley en un plazo de quince días, la promulga y ordena su publicación (art. 91). Entra en vigor cuando lo dice la propia ley o, si no dice nada, a los veinte días de publicarse en el BOE (art. 2.1 del Código Civil).
Datos reales de la XV legislatura
Ley Orgánica 1/2025: un proyecto del Gobierno que el Senado vetó y el Congreso volvió a aprobar.
Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
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14 de marzo de 2024
Presentación en el Congreso
La presenta el Gobierno como proyecto de ley.
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19 de marzo de 2024
Admisión
La Mesa la admite, la califica y ordena publicarla.
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11 de julio de 2024
Debate de totalidad
Se vota una enmienda para devolver el texto al Gobierno.
Rechazada: 170 a favor, 178 en contra, 0 abstenciones
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Ponencia y comisión
La ponencia estudia las enmiendas y la Comisión de Justicia aprueba el dictamen.
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14 de noviembre de 2024
Pleno: votación del dictamen
El Pleno vota el dictamen y las enmiendas que se mantienen (36 votaciones).
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Senado
El Senado examina el texto: tramitación urgente, veinte días de plazo.
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19 de diciembre de 2024
El Congreso levanta el veto
El Senado había vetado el texto. El Congreso lo ratifica por mayoría absoluta (hacen falta 176 votos).
Aprobada: 177 a favor, 170 en contra, 0 abstenciones
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2 de enero de 2025
Sanción
El Rey sanciona la ley.
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3 de enero de 2025
Publicación en el BOE
Se publica con el identificador BOE-A-2025-76.
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3 de abril de 2025
Entrada en vigor
La ley empieza a aplicarse.
Ficha de la iniciativa en el Congreso →Texto de la ley en el BOE →
Ley Orgánica 1/2026: una proposición de ley de un grupo parlamentario que el Senado enmendó.
Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, en materia de multirreincidencia, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882.
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28 de marzo de 2024
Presentación en el Congreso
La presenta el Grupo Parlamentario Junts.
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9 de abril de 2024
Admisión
La Mesa la admite, la califica y ordena publicarla.
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17 de septiembre de 2024
Toma en consideración
El Pleno decide si la proposición sigue adelante.
Aprobada: 304 a favor, 38 en contra, 8 abstenciones
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Ponencia y comisión
La ponencia estudia las enmiendas y la Comisión de Justicia aprueba el dictamen.
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12 de febrero de 2026
Pleno: votación del dictamen
El Pleno vota el dictamen y las enmiendas que se mantienen (5 votaciones).
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Senado
El Senado examina el texto: dos meses de plazo.
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26 de marzo de 2026
El Congreso vota las enmiendas del Senado
El Congreso acepta o rechaza las enmiendas del Senado por mayoría simple (6 votaciones).
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26 de marzo de 2026
Votación final de conjunto
Ley orgánica: hacen falta 176 votos (mayoría absoluta).
Aprobada: 272 a favor, 71 en contra, 7 abstenciones
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8 de abril de 2026
Sanción
El Rey sanciona la ley.
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9 de abril de 2026
Publicación en el BOE
Se publica con el identificador BOE-A-2026-7966.
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10 de abril de 2026
Entrada en vigor
La ley empieza a aplicarse.
Ficha de la iniciativa en el Congreso →Texto de la ley en el BOE →
En cifras
- Leyes publicadas en el BOE
- 34
- 21 ordinarias y 13 orgánicas
- Votaciones de enmiendas a la totalidad
- 23
- 1 ha prosperado
- Vetos del Senado
- 2
- Levantados por el Congreso: Ley Orgánica 6/2024 (179 votos a favor); Ley Orgánica 1/2025 (177 votos a favor)
- Iniciativas con votación de enmiendas del Senado
- 19
- 249 votaciones en total